Participación de las fuentes renovables en la generación de energía eléctrica: inversiones en América Latina

Autores/as

  • Christian Washburn Universidad de Guayaquil
  • Pablo Romero Universidad de Sevilla
  • Isabel Saavedra Universidad de Guayaquil

Palabras clave:

Paz, Buen Vivir, Garantías Constitucionales, Justicia Social

Resumen

A partir del año 2008  el marco constitucional ecuatoriano se transformó pasando de un Estado de Derecho a un Estado de Derechos y Justicia, este cambio de paradigma constitucional va más allá de la retórica argumentativa del derecho, implica un cambio en su finalidad  en sí misma. En este trabajo se analizó las nuevas corrientes constitucionales  que apuntan hacia la transformación del Derecho como Ciencia Jurídica teniendo como fin superior  La Paz.  La constitución ecuatoriana en su Art. 11, 66  y en su capítulo correspondiente a los Derechos del Buen Vivir plantean los elementos necesarios para asegurar el goce de los derechos e instaurar un estado que se sustente en la Justicia Social, ello, no es suficiente pues  se deben presentar soluciones pragmáticas que garanticen el ejercicio  de los derechos. Para su elaboración se utilizaron los siguientes métodos: Inductivo, histórico lógico y análisis de contenido, por medio de estos se logró determinar la  falta de herramientas institucionales que permitan materializar los derechos establecidos por la Constitución de Montecristi así como la necesidad de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana como una alternativa pues las instituciones del estado en ocasiones son proclives a cometer vulneraciones sobre los derechos colectivos.

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Publicado

2019-09-06 — Actualizado el 2021-09-23

Número

Sección

Economía, empresas e inclusión (CTEC)